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Publicado el 8 de Febrero de 2011 en T. Supremo
Noticia de todas las diócesis.

NO SON EQUIPARABLES A FUNCIONARIOS INTERINOS Y NO SE LES APLICA EL ARTÍCULO 25.2 DEL EBEP, LO QUE NO SUPONE UN TRATO PEYORATIVO

1. Podía ocurrir y ha ocurrido. Utilizar la vía judicial, como primer recurso para el reconocimiento de la antigüedad y el cobro de trienios del profesorado de religión de infantil y primaria, de los años anteriores al 1 de enero del año 1999, era un grave riesgo y los sindicatos que se lanzaron con demasiada alegría a poner demandas en los Juzgados de lo Social, ahora se encuentran con este "frenazo" del Tribunal Supremo. Flaco servicio el que han prestado estos sindicatos al colectivo, aunque haya habido alguien que se haya visto beneficiado.

2. Las movidas de algunos profesores de religión, apuntándose a sindicatos para que le "arreglaran" lo de los trienios, ha sido patética en algunos casos, porque han prestado más atención a los "cantos de sirenas" que oían en esos sindicatos, que a las recomendaciones y consejos que les daba la Asociación-Sindicato que, hasta ahora, mejor ha defendido sus derechos de todo tipo: APPRECE-A. ¡Lamentable, pero cierto¡.

3. Acompañamos una de las Sentencias del Tribunal Supremo sobre los trienios del Profesorado de Religión, que sienta doctrina para toda España. Hay otra Sentencia del Tribunal Supremo también en los mismos términos que esta que adjuntamos en el archivo. Cuando la localicemos la colgaremos en esta WEB para conocimiento de todos.

4. La vía judicial, en las condiciones en que se ha venido usando por otros sindicatos y/o letrados, ha tocado fondo y se ha vuelto contra los que han puesto demandas judiciales. ¿Pedirán disculpas los sindicatos que han usado como reclamo para hacer afiliados el tema de las demandas judiciales sobre los trienios?...¡Las mentiras tienen las patas muy cortas y, más tarde o más temprano, quedan al descubierto¡. Es lo que ha ocurrido en estos casos.

5. APPRECE-A va a seguir con su plan para el Reconocimiento de los Servicios prestados a las Administraciones Públicas, entregado en el Ministerio de Educación el día 23 de marzo del pasado año, porque estas Sentencias del Tribunal Supremos no nos afectan, y que, para conocimiento de todos los que están registrados en la página WEB, vamos a colgar en el apartado Profesorado, pero en la Zona Privada, reservada para los asociados. No nos alegramos del mal ajeno, como corresponde a personas normales, que tienen corazón y también cabeza. Si sentimos en APPRECE-A la satisfacción de no habernos metido en ese "túnel sin salida" que en este caso es la vía judicial, a pesar de que nos han llegado "amenazas" de irse a  alguno de esos sindicatos que le "aseguraban" al 100 % el arreglo de los trienios. No contaban, por lo visto, con el Tribunal Supremo.

                              Andalucia, 8 de febrero de 2011

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